El 18 de agosto se realizó la reunión del Directorio de Fasta correspondiente a ese mes, en la sede de la Presidencia de Fasta, conducida por fray Aníbal Fosbery OP, Fundador y Presidente. Los temas prioritarios fueron la reforma organizativa y los lineamientos y preparativos para el próximo Consejo Plenario que se realizará del 8 al 10 de octubre en la Ciudad de Buenos Aires.
Reforma organizacional
El documento conclusivo del Consejo Plenario del año 2014, “Reflexiones sobre la dimensión organizacional de Fasta”, incluía entre sus lineamientos la necesidad de actualizar la estructura orgánica de la Ciudad Miliciana. Varios hechos suscitaron esta definición, entre los que se destacan la aprobación de la la Fraternidad Apostólica Sacerdotal Tomás de Aquino como Asociación Pública Clerical de Derecho Diocesano; el convenio de apoyo a perpetuidad celebrado entre la Fraternidad de Agrupaciones Santo Tomás de Aquino y la Fraternidad Apostólica Sacerdotal Tomás de Aquino, decisión también de ese Plenario; y el reconocimiento estatutario de la Fraternidad Apostólica Santa Catalina de Siena mediante la reforma del Estatuto de Fasta aprobada por el Pontificio Consejo para los Laicos en 2012.
A partir de los criterios orientativos de aquel documento aprobado por el Plenario de 2014 y con los aportes y sugerencias de la Fraternidad Sacerdotal, el Directorio redactó el documento “Consideraciones para una reforma organizativa”, cuyas propuestas fueron sometidas al discernimiento de los diversos estamentos de conducción de Fasta durante la reunión de Directorio Ampliado de agosto de 2015. En éste se hace referencia al punto de inflexión en el que se encuentra Fasta, caracterizado por el crecimiento de la institución, las fundaciones en el exterior -especialmente en África- y el contexto eclesial signado por el pontificado de Francisco. Señala además la necesidad de distinguir entre la conducción estratégica y el plano operativo y de contar con cuerpos consultivos que, desde una perspectiva sapiencial, colaboren en el discernimiento de políticas para evangelizar desde el carisma de Fasta, la familia, la juventud y la cultura.
Luego de todo este trayecto, en el mes de enero, se promulgaron las resoluciones 01, 02 y 03 de 2016, que aprobaban la nueva estructura orgánica de la Ciudad Miliciana, la Dirección General del Movimiento y la creación de la Dirección de Promoción Apostólica. Las mismas fueron presentadas en la Reunión del Directorio del Movimiento y Junta de Presidentes Jurisdiccionales del mes de febrero. En esta segunda etapa, la reforma se complementa con las resoluciones 28 a 35 del mes de julio de este año, mediante las cuales se crean los consejos y se designan puestos directivos, de coordinación e integrantes de algunas direcciones. A continuación, compartimos un resumen de los avances de la reforma:
La Ciudad Miliciana y su estructura orgánica
La Ciudad Miliciana se integra por la Fraternidad de Agrupaciones Santo Tomás de Aquino (Fasta Laical) –Asociación Internacional Privada de Fieles de Derecho Pontificio–, la Fraternidad Apostólica Sacerdotal Tomás de Aquino (Fasta Sacerdotal) –Asociación Pública Clerical de Derecho Diocesano– y la Fraternidad Apostólica Santa Catalina de Siena, con sus respectivas comunidades, obras e instancias de conducción.
Directorios
El Directorio de Fasta Laical queda compuesto por el nivel estratégico de la conducción, en razón del carácter universal de su misión y la amplitud territorial de sus responsabilidades. Lo integran el presidente, el vicepresidente ejecutivo; el regente de la Fraternidad Sacerdotal; la regente de la Fraternidad Apostólica Santa Catalina de Siena; el secretario general de Fasta; el director general del Movimiento; el director general de la Red Educativa; el rector de la Universidad Fasta y el director general de Administración.
A su vez, se conforma un Directorio Ampliado, compuesto por las direcciones nacionales del Movimiento -por el momento, sólo de Argentina-; la Dirección de Promoción Apostólica y Nuevas Fundaciones; la Dirección de Formación; la Dirección de Relaciones Institucionales; la Dirección de Asuntos Jurídicos; la Dirección de Desarrollo Institucional; la Organización de Juventudes, representada por su jefe; la Secretaría de Comunicaciones; la Secretaría Legal y Técnica y demás direcciones y asesores que a criterio de la Presidencia debieran integrarlo.
Consejos Consultivos
Para lograr una mayor participación en el orden sapiencial y a los fines de asistir a la Presidencia en el discernimiento de políticas relevantes para la vida institucional y de la misión apostólica de Fasta, se conforman dos consejos consultivos: el Consejo de Cultura y Promoción de la Familia y de la Juventud y el Consejo de Cultura y Educación.
El Movimiento
El crecimiento y expansión del Movimiento llevaron a una mayor complejidad por la diversidad de escenarios, lo cual exige no sólo una mirada especial en relación a cada particular realidad cultural, política y social de las fundaciones, sino también una necesaria y actualizada armonía entre las diversas fundaciones con los fines y políticas de la Ciudad Miliciana, y de ésta con los requerimientos de la Iglesia Católica en orden a la Nueva Evangelización.
Por esta razón la conducción del Movimiento tendrá dos niveles: uno a cargo de la Dirección General del Movimiento, para una visión estratégica y otro, propiamente ejecutivo, a cargo de las direcciones nacionales del Movimiento y de la Dirección de Promoción Apostólica y Nuevas Fundaciones. Esto permitirá tener un enfoque más estratégico; dar mayor autonomía a la conducción a nivel local y nacional; atender mejor las nuevas misiones fundacionales y disponer los medios adecuados para animarlas y sostenerlas.
A través de las últimas resoluciones a las que referimos, la Presidencia designó como Director General del Movimiento al Mil. Dr. Pedro Giunta, hasta ahora, director del Movimiento; como coordinadora de la Dirección de Promoción Apostólica y Nuevas fundaciones a la Mil. Cath. Ofelia Giunta y como director nacional del Movimiento en Argentina al Mil. Dr. Valentín Redondo, anterior vicedirector. En otros países, la actuación de los presidentes jurisdiccionales podrá ser coordinada por una dirección nacional o por la figura que las comunidades de Fasta de cada país consideren más apropiada.
